Deuda

Proveniente del latín “debita” que significa “tener, sin tener”. Una deuda es el compromiso adquirido por una persona u organismo con la intención de reintegrar, por lo general dinero, a su acreededor en el plazo acordado. También están presentes cuando “compras” un producto y pagas solamente la mitad del costo, dejando para el próximo mes el restante.
Éstas forman parte de la organización de los seres humanos, debido a que existen las que se adquieren con la intención de emprender un negocio. En la parte económica de un país se encuentran diversos tipos.
A pesar de que no parezca necesario, las deudas están reguladas por la ley. Lo más conveniente es que, si una persona se endeuda, esto quede reflejado en un papel firmado, con la finalidad de evitar frustraciones en el cobro o alzamiento de bienes.
Deuda pública
Algo “público” es lo que pertenece al pueblo o la sociedad. La deuda pública es aquella que adquiere el Estado, la cual se reconoce por títulos que devengan intereses. Este tipo de deudas se mantienen con inversores particulares o con otro país y puede ser solicitada por la administración municipal, estadal o nacional. Por lo general, se obtienen con el fin de solucionar inconvenientes de liquidez o para financiar proyectos a largo plazo.
Cabe destacar que ésta aumenta si hay déficit público y disminuye si hay superávit público, y suele ser representada como el porcentaje (%) del Producto Interno Bruto (PIB).
En cuanto a la tasa de intereses dependerá de la confianza que tengan los mercados sobre el Estado que va a devolver el mismo. Por ello, existen diferentes categorizaciones en los países y su nombre es “prima de riesgo”.
Deudas hacienda
La deuda tributaria, o deuda de hacienda, se puede definir como el compromiso legal que tiene un agente económico (empresas o particulares) y que se debe abonar a la administración pública. Estas cantidades tienen que estar establecidas en la ley y deben costearse por realizar un reintegro fuera de plazo, al efectuar una declaración o cobrar una devolución improcedente.
Es importante aclarar que existen varios medios por donde se puede evitar o extinguir la deuda tributaria, entre ellos se pueden mencionar:
- El pago inmediato o fraccionado.
- Por medio de la prescripción, el cual se conoce como el plazo que determina la ley y puede interrumpirse por la administración. En caso de que el plazo termine y la administración no ha actuado, ya no puede exigir el pago del mismo.
- La condonación que es el rechazo sobre la deuda, parcial o totalmente. Esto debe efectuarse con respaldo en las legislaciones.
- La comprobación de que el moroso no tiene capacidad de costear la deuda.
- Cuando, tanto el acreededor y el deudor, tienen pendiente solvencias entre sí y pueden compensarlos.
Reunificación de deudas
Es la obtención de un préstamo para pagar otros. La reunificación de deudas es la operación financiera realizada por una persona, Gobierno o empresa para costear sus deudas de forma inmediata, comprometiéndose a pagar una que agrupe las demás. Básicamente es la unificación de todas las deudas con carácter hipotecario o de aval, aunque existe otra elección sin ninguna de éstas.
Se convierte en una sola deuda, con cuotas mensuales únicas y a mayor plazo de amortización, adaptándose a las condiciones del pagador. Aunque parezca la solución más efectiva, los economistas la recomiendan como una última opción, debido a que no se terminarán de pagar, sino cuando finalice el crédito. Además, que con el aumento del plazo de amortización, el coste del préstamo se ve incrementando.
Este procedimiento, generalmente, es ofrecido y solicitado en las entidades bancarias.